¿En qué consiste una oposición?



Una oposición consiste en la celebración de una serie de pruebas para determinar la capacidad y aptitud de los aspirantes para fijar su orden de relación de cara a la entrada en el Cuerpo de la Función pública. 

Con carácter general, toda oposición se inicia con la publicación por parte de las distintas Administraciones Públicas de las respectivas Ofertas de Empleo Público lo que ahora está bastante paralizado, y aquellas que se publican suelen preveer pocas plazas para los distintos Cuerpos y Escalas y los plazos dentro de los cuales deberán realizarse los procesos selectivos que se convoquen. 

En base a ello se producen las respectivas convocatorias de oposición en las que se detalla el plazo para solicitar la admisión al proceso selectivo los requisitos (titulación, edad, etc.) que deberán reunir los opositores, la mecánica de los diversos exámenes contemplados en la convocatoria, el temario sobre el que se basarán los sucesivos ejercicios, metodología a seguir, puntuación a obtener en cada uno de ellos, composición nominativa de los tribunales que han de juzgar a los candidatos el calendario, méritos que pudieran contribuir a la puntuación final y valoración de cada uno de ellos. El candidato que cumpla los requisitos debe inscribirse y presentarse al examen.

Respecto a los tipos de examen, depende de cada cuerpo, pero generalmente se distingue entre aquellas tipo test (generalmente propuestas por el tribunal, con cuatro posibles respuestas de las que sólo una es la correcta y con penalización de aquellas mal contestadas) y aquellas oposiciones que incorporan la exposición oral de una serie de temas en un tiempo determinado. Además de la parte teórica, pueden incluir una parte práctica relacionada y una prueba de idioma.  En todos estos casos es el tribunal quien se encarga de proponer y valorar cada prueba.

Los temarios abarcan una cantidad y variedad de temas distintos según el cuerpo también, pero se resume en un conocimiento actualizado y relativamente profundo de la normativa que resulta de aplicación a cada ámbito. Se establece un programa oficial en bloques que han de ser desarrollados por el opositor.

Y por último se llega al momento final, y es que si el candidato supera todas las pruebas, aún así no tiene su plaza asegurada, pues se asignaran los destinos en orden de nota según las plazas que hayan sido convocadas. Una vez se publica el nombramiento en el BOE, acata las normas de la Constitución y resto del ordenamiento jurídico y toma posesión del cargo adquiera finalmente la condición de funcionario.

Frase del día:
Las oportunidades no son producto de la casualidad, mas bien son resultado del trabajo. (Tonatihu)

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